INGLÉS A2

Capacitar al alumnado para utilizar el idioma de forma sencilla pero adecuada y eficaz, siendo capaz de comprender, expresarse e interactuar, tanto en forma hablada como escrita, en situaciones cotidianas, que requieran comprender y producir textos breves, en diversos registros y en lengua estándar, que versen sobre aspectos básicos concretos de temas generales y que contengan expresiones, estructuras y léxico de uso frecuente. Este programa formativo proporcionará a los alumnos la formación y el aprendizaje en lengua inglesa necesaria para que puedan presentarse a las pruebas de acreditación oficial del nivel A2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).

  • 10/03/2025 - 28/04/2025
  • 175 hours

General

El propósito de este programa formativo es capacitar al alumnado para utilizar el idioma inglés de manera sencilla, adecuada y eficaz, permitiéndoles desenvolverse con seguridad en situaciones cotidianas. A través del curso, los participantes serán capaces de comprender, expresarse e interactuar, tanto de forma oral como escrita, en contextos que exijan el uso de textos breves en lengua estándar. Estos textos abordarán aspectos concretos de temas generales y emplearán expresiones, estructuras gramaticales y vocabulario de uso frecuente.

El aprendizaje se enfocará en desarrollar habilidades lingüísticas prácticas, como la capacidad para realizar descripciones básicas, expresar necesidades, opiniones o sentimientos, e interactuar en diálogos relacionados con situaciones del día a día, como pedir información, realizar compras, organizar actividades o dar indicaciones. Además, el programa abordará el uso de registros básicos en inglés estándar, necesarios para la comunicación clara y efectiva en diferentes contextos sociales o laborales.

Este programa está diseñado específicamente para proporcionar la formación y práctica necesarias para que los alumnos puedan acreditar el nivel A2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL). Durante el curso, se trabajará en la consolidación de competencias clave, tales como la comprensión auditiva, la expresión oral, la lectura comprensiva y la escritura básica.

Asimismo, se implementará una metodología activa y participativa, con actividades dinámicas que favorezcan la interacción en inglés, simulando escenarios reales. De este modo, los estudiantes no solo desarrollarán sus habilidades comunicativas, sino también la confianza necesaria para aplicar lo aprendido en situaciones prácticas, así como para presentarse con éxito a las pruebas oficiales de certificación del nivel A2.

 

Relación de competencias (150 horas):

Competencias lingüísticas

Competencias sociolingüísticas y socioculturales

Competencias pragmáticas

Contenido

COMPETENCIAS LINGÜISTICAS

Contenidos léxico-lingüisticos

Ampliación vocabulario básico relacionado con identificación personal, vivienda, hogar, viajes…

Verbos con partícula de uso frecuente (turn on/off).

Falsos amigos de uso frecuente (large, honest)

Ampliación formación de palabras mediante afijos

 

Contenidos gramaticales

Oración

Nombres y adjetivos

Determinantes

Pronombres

Verbos

Adverbios

Enlaces

 

Contenidos ortográficos

 

Contenidos fonéticos y fonológicos

 

COMPETENCIAS SOCIOLINGÜISTICAS Y SOCIOCULTURALES

Contenidos sociolingüísticos y socioculturales

 

COMPETENCIAS PRAGMÁTICAS

Contenidos funcionales

Contenidos discursivos

Becas

Beca de transporte, Las personas desempleadas que utilicen la red de transportes públicos urbanos y/o interurbanos para asistir a la acción formativa y, en su caso, a la práctica profesional no laboral en empresa, tendrán derecho a percibir la siguiente ayuda, siempre que su utilización no tenga carácter gratuito: - un euro y cincuenta céntimos (1,50 €) por día de asistencia.

Beca Transporte en vehículo propio: Se tendrá derecho a la ayuda en concepto de transporte en vehículo propio cuando el solicitante tenga minusvalía física igual o superior al 33%, o no exista medio de transporte público entre el domicilio de la persona desempleada y el del centro de formación, o existiendo, ese transporte no tenga un horario regular que permita acudir a la acción formativa y, en su caso, las prácticas profesionales no laborales en empresas.

Ayuda a la conciliación La ayuda a la conciliación tiene por objeto permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijas e hijos menores de 12 años o de familiares dependientes (65% grado discapacidad acreditado) hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, siempre que, al inicio de la acción formativa, cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM). A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas.

Beca Podrán percibir beca por este concepto las personas desempleadas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%, que participen en las acciones formativas y en las prácticas profesionales no laborables en empresa. Dicha situación de discapacidad y el grado de la misma deberá constar en la demanda de empleo. 

Para el supuesto de que la persona solicitante de esta beca se encuentre en trámite de actualización de su grado de discapacidad y no pueda acreditarlo en el momento de realizar la correspondiente solicitud, en base al Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, en su artículo 12.4, se especifica lo siguiente: “Cuando la Administración competente no haya revisado el grado de discapacidad en plazo, por causas ajenas a la persona interesada, se mantendrá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución.”

También podrán percibir esta beca las mujeres víctimas de violencia de género (VVG). Dicha condición deberá constar en la demanda de empleo. La cuantía de la beca será de diez euros (10 €) de acuerdo con el artículo 7.b) del Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género. Cumpliendo con los requisitos establecidos ambas becas son compatibles entre sí para la misma solicitante.

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