Realizar el mantenimiento y montaje de accesorios, en los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos automóviles, industriales, motocicletas, maquinaria agrícola y de obras públicas, aplicando las técnicas y procedimientos establecidos, consiguiendo la calidad requerida en condiciones de seguridad.
Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad:
UC0626_2: Mantener los sistemas de carga y arranque de vehículos.
UC0627_2: Mantener los circuitos eléctricos auxiliares de vehículos.
UC0628_2: Mantener los sistemas de seguridad y confortabilidad de vehículos.
Entorno profesional:
Ámbito profesional:
Ejerce su actividad profesional tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, en pequeñas y medianas empresas fundamentalmente en el sector privado, de mantenimiento de vehículos o de montaje de accesorios en el área de electromecánica.
Sectores productivos:
Se ubica en el sector industria, subsector automoción y, concretamente, en los siguientes subsectores o actividades económico-productivas: Industria de la construcción de maquinaria y equipo mecánico: subactividad reparación de maquinaria y otro material agrario; Venta, mantenimiento y reparación de vehículos de motor, motocicletas y ciclomotores; Fabricación, venta y comercialización de equipos de comprobación y diagnosis; Otras actividades productivas donde se realicen trabajos de mantenimiento electromecánico de vehículos y de motores térmicos.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes:
Electronicista de vehículos.
Electricista electrónico de mantenimiento y reparación en automoción.
Electricista de automóvil.
Electricista de vehículos industriales, maquinaría de obra pública y agrícola.
Electricista y/o electrónico de automoción, en general.
Relación de módulos formativos y de unidades formativas:
MF0626_2: Sistemas de carga y arranque de vehículos y circuitos electrotécnicos básicos (210 horas).
UF1099: Electricidad, electromagnetismo y electrónica aplicados al automóvil (80 horas).
UF1100: Mantenimiento del sistema de arranque del motor del vehículo (50 horas).
UF1101: Mantenimiento del sistema de carga con alternador (50 horas).
UF0917: (Transversal) Prevención de riesgos laborales y medioambientales en mantenimiento de vehículos (30 horas).
MF0627_2: Circuitos eléctricos auxiliares de vehículos (150 horas).
UF1102: Mantenimiento de sistemas de alumbrado y de señalización (50 horas).
UF1103: Mantenimiento de los dispositivos eléctricos de habitáculo y cofre motor (30 horas).
UF1104: Mantenimiento de redes multiplexadas (40 horas).
UF0917: (Transversal) Prevención de riesgos laborales y medioambientales en mantenimiento de vehículos (30 horas).
MF0628_2: Sistemas de seguridad y confortabilidad de vehículos (140 horas).
UF1105: Mantenimiento de sistemas de seguridad y de apoyo a la conducción (40 horas).
UF1106: Mantenimiento de sistema de climatización (40 horas).
UF1107: Montaje y mantenimiento de equipos audio, vídeo y telecomunicaciones (30 horas).
UF0917: (Transversal) Prevención de riesgos laborales y medioambientales en mantenimiento de vehículos (30 horas).
MP0230: Módulo de prácticas profesionales no laborales de Mantenimiento de los Sistemas Eléctricos y Electrónicos de Vehículos (80 horas).
Beca de transporte, Las personas desempleadas que utilicen la red de transportes públicos urbanos y/o interurbanos para asistir a la acción formativa y, en su caso, a la práctica profesional no laboral en empresa, tendrán derecho a percibir la siguiente ayuda, siempre que su utilización no tenga carácter gratuito: - un euro y cincuenta céntimos (1,50 €) por día de asistencia.
Beca Transporte en vehículo propio: Se tendrá derecho a la ayuda en concepto de transporte en vehículo propio cuando el solicitante tenga minusvalía física igual o superior al 33%, o no exista medio de transporte público entre el domicilio de la persona desempleada y el del centro de formación, o existiendo, ese transporte no tenga un horario regular que permita acudir a la acción formativa y, en su caso, las prácticas profesionales no laborales en empresas.
Ayuda a la conciliación La ayuda a la conciliación tiene por objeto permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijas e hijos menores de 12 años o de familiares dependientes (65% grado discapacidad acreditado) hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, siempre que, al inicio de la acción formativa, cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM). A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas.
Beca Podrán percibir beca por este concepto las personas desempleadas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%, que participen en las acciones formativas y en las prácticas profesionales no laborables en empresa. Dicha situación de discapacidad y el grado de la misma deberá constar en la demanda de empleo.
Para el supuesto de que la persona solicitante de esta beca se encuentre en trámite de actualización de su grado de discapacidad y no pueda acreditarlo en el momento de realizar la correspondiente solicitud, en base al Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, en su artículo 12.4, se especifica lo siguiente: “Cuando la Administración competente no haya revisado el grado de discapacidad en plazo, por causas ajenas a la persona interesada, se mantendrá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución.”
También podrán percibir esta beca las mujeres víctimas de violencia de género (VVG). Dicha condición deberá constar en la demanda de empleo. La cuantía de la beca será de diez euros (10 €) de acuerdo con el artículo 7.b) del Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género. Cumpliendo con los requisitos establecidos ambas becas son compatibles entre sí para la misma solicitante.